Derechos de las minorías, igualdad y legislación contra la discriminación
ACNUDH y las minorías
Apoyo a la reforma integral de la legislación sobre igualdad en todo el mundo
El objetivo principal del ACNUDH en el ámbito de la igualdad y la no discriminación para el período 2024-2027 se centra en impulsar los esfuerzos para garantizar la adopción de leyes, políticas, programas y prácticas que combatan todas las formas de discriminación y aborden las desigualdades. Un elemento fundamental de esta iniciativa es el apoyo a una legislación integral en materia de igualdad en todo el mundo.
Vídeo de presentación del Alto Comisionado
Antecedentes
La desigualdad atenta contra la dignidad humana, provoca y perpetúa la pobreza y limita el disfrute de los derechos humanos. La desigualdad es un obstáculo para la participación en la vida económica, social y política. Limita las oportunidades de vida de las personas y sirve para oprimir y marginar a comunidades enteras. Más allá de la experiencia de los directamente afectados, las sociedades desiguales tienen más probabilidades de verse acosadas por problemas sociales y de salud, con mayores niveles de encarcelamiento, violencia y otros problemas sociales, y menores niveles de movilidad social. La desigualdad socava la cohesión social y fomenta los conflictos. Exacerba la exclusión de las minorías y otros grupos marginados. Y, sobre todo, incorpora la injusticia, con poderosas consecuencias negativas para las personas y las comunidades.
La desigualdad adopta muchas formas y tiene múltiples causas: económicas, sociales, políticas y culturales. Por ello, la creación de un mundo en el que todos puedan participar y participen en igualdad de condiciones requiere un enfoque coordinado, colaborativo y global. La eliminación de la discriminación es una pieza clave de este rompecabezas: no puede haber igualdad cuando las personas son tratadas de forma desfavorable o están en desventaja por su condición, sus creencias o su identidad. De hecho, esto ha sido reconocido amplia y sistemáticamente por los Estados, mediante la adopción de instrumentos internacionales de derechos humanos que sitúan el derecho a la no discriminación en su centro.
La adopción de leyes integrales contra la discriminación -leyes que tengan el propósito y el efecto de prohibir todas las formas de discriminación- es un paso esencial en el esfuerzo por hacer realidad el derecho a la no discriminación. Sin la promulgación de leyes que prohíban todas las formas de discriminación por todos los motivos reconocidos en el derecho internacional en todos los ámbitos de la vida regulados por la ley, que prevean la aplicación efectiva del derecho y que ordenen medidas de acción positiva para abordar la discriminación histórica o estructural, los Estados no podrán hacer efectivo el derecho a la no discriminación. Sólo garantizando la protección jurídica del derecho a la no discriminación podrán los Estados hacer realidad sus ambiciones de combatir la desigualdad.
¿Qué son las leyes integrales contra la discriminación?
Las leyes integrales contra la discriminación tienen por objeto promover la realización del derecho a la igualdad en la práctica a nivel nacional. Se trata de leyes que: 1) abarcan todos los motivos reconocidos por la ley (origen étnico, religión o creencias, sexo, orientación sexual e identidad de género, discapacidad, edad, etc.); 2) cubren todos los ámbitos de la vida (trabajo, vivienda, atención sanitaria, sistemas de justicia y seguridad, participación política, etc.); (3) incluyen ciertas innovaciones jurídicas, entre las que destaca el cambio o el reparto de la carga de la prueba, cuando el demandante aporta indicios plausibles de que puede haberse producido una discriminación; y (4) establecen una entidad nacional —un «organismo de igualdad»— facultada para actuar como centro nacional de coordinación en materia de legislación sobre igualdad, incluida la resolución de casos de discriminación.
En concreto, estas leyes:
- Prohibir todas las formas y manifestaciones de discriminación sobre la base de una lista amplia y abierta de motivos y en todos los ámbitos de la vida regulados por la ley.
- Proporcionar definiciones explícitas de todas las formas de discriminación que sean coherentes con las definiciones reconocidas en el derecho internacional de los derechos humanos.
- Permitir, exigir y prever explícitamente la adopción de medidas de acción positiva destinadas a avanzar hacia la realización de la igualdad para las personas expuestas a la discriminación.
- Hacer efectivos los derechos a la igualdad y la no discriminación en las esferas pública y privada, garantizando la accesibilidad y estableciendo obligaciones en materia de igualdad.
- Prever recursos efectivos, incluidas sanciones efectivas, disuasorias y proporcionadas; el reconocimiento, la indemnización y la restitución para las víctimas; y recursos institucionales y sociales pertinentes.
- Establecer las garantías y ajustes procesales necesarios para asegurar el acceso a la justicia, incluyendo, entre otras cosas, la disposición de trasladar la carga de la prueba después de que el demandante haya presentado un caso prima facie de discriminación y la disposición de prohibir la victimización.
- Prever el establecimiento de un organismo independiente y especializado en materia de igualdad, dotado de recursos, funciones y facultades suficientes para garantizar su eficacia.
- Exigir la adopción de otras medidas de aplicación necesarias para hacer frente a la discriminación estructural y avanzar hacia la igualdad.
En todo el mundo, las leyes integrales contra la discriminación, cuando se aplican correctamente y con el fin de garantizar el acceso a la justicia de las víctimas, han demostrado ser un instrumento sumamente positivo, tanto para las víctimas de la discriminación como para la sociedad en general. Además, contribuyen a facilitar el debate cívico sobre cuestiones que a menudo se consideran delicadas o difíciles, así como a educar al público sobre el valor y el significado de la diversidad en una sociedad democrática.
Estas leyes constituyen un mínimo, no un máximo. Son un requisito básico en el ámbito del derecho a la igualdad y la no discriminación. Sin duda, también se necesitan otras medidas para garantizar el derecho a la igualdad y la no discriminación de todas las personas. Sin embargo, en la práctica, es prácticamente imposible que un Estado miembro de las Naciones Unidas cumpla con sus obligaciones en virtud del derecho internacional en materia de igualdad y no discriminación sin la adopción y aplicación de leyes integrales contra la discriminación.
En 2023, junto con el grupo de expertos Equal Rights Trust, con sede en Londres, la OACDH publicó Protecting Minority Rights: A Practical Guide to Developing Comprehensive Anti-Discrimination Law (Protección de los derechos de las minorías: guía práctica para elaborar una legislación integral contra la discriminación). La guía recoge en un solo documento los requisitos del derecho internacional para adoptar y aplicar una legislación integral contra la discriminación. La guía se presentó en un acto celebrado en la UPEACE, en Costa Rica.
Nuestra orientación: Guía práctica para elaborar una legislación integral contra la discriminación
"Protecting Minority Rights: Guía práctica para la elaboración de una Legislación Antidiscriminatoria Integral" es la guía definitiva de las Naciones Unidas sobre las leyes que los Estados deben promulgar para cumplir con sus obligaciones en virtud del derecho internacional de los derechos humanos en materia de prohibición de la discriminación.
La Guía fue elaborada por el ACNUDH en colaboración con Equal Rights Trust, una organización internacional independiente que trabaja para apoyar la adopción, el cumplimiento y la aplicación de las leyes de igualdad. Además de un exhaustivo proceso de investigación en el que se revisó el contenido y la interpretación de todas las convenciones de derechos humanos pertinentes de las Naciones Unidas, la Guía fue objeto de una amplia consulta mundial con expertos del ámbito académico y de la sociedad civil.
La Guía sintetiza y armoniza las normas jurídicas internacionales vigentes con el fin de ofrecer una orientación clara y accesible sobre el alcance, la estructura y el contenido que deben tener las leyes integrales contra la discriminación —leyes que sientan las bases para crear sociedades en las que todos sean iguales en dignidad y derechos y en las que nadie se quede atrás—. Además de resumir el contenido normativo, la publicación recoge prácticas concretas de distintos países y ofrece orientación práctica.
Si desea más información sobre la Guía, póngase en contacto con claude.cahn@un.org.
La Alianza de Acción Académica por la Igualdad para Todos
La Alianza de Acción Académica por la Igualdad para Todos reúne a universidades, clínicas jurídicas e instituciones de investigación, tanto del ámbito jurídico como de otros campos, para apoyar los esfuerzos nacionales por adoptar y fortalecer leyes integrales contra la discriminación.
La Alianza fue lanzada el 1 de julio de 2025 por la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH), su socio Equal Rights Trust (ERT) y un grupo de académicos de todo el mundo que trabajan en temas de igualdad y no discriminación.
La Alianza actúa como una red global de entidades académicas comprometidas con el apoyo al avance de la adopción y reforma de la legislación sobre igualdad. Sus objetivos incluyen:
- Desarrollar una red global de entidades académicas comprometidas con el apoyo al avance de la adopción y reforma de leyes de igualdad en todo el mundo;
- Realizar esfuerzos para promover la adopción de una legislación integral contra la discriminación a nivel nacional, incluso en respuesta a las demandas de los movimientos por la igualdad.
- Facilitar la participación comunitaria, la comunicación y las iniciativas de divulgación pública relacionadas con la igualdad y la no discriminación, junto con defensores de los derechos humanos de base, comunidades y grupos de interés de todo el mundo, incluso en línea;
- Desarrollar y compartir conocimientos especializados sobre el trabajo estratégico contra la discriminación a nivel nacional y comunitario, especialmente en contextos donde existen oportunidades para reformas en la legislación sobre igualdad.
La Alianza funciona bajo una Junta Provisional hasta el 30 de junio de 2026. Una Junta con plenos poderes, integrada exclusivamente por instituciones académicas, comenzará a trabajar el 1 de julio de 2026. La Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH) seguirá participando como observador. En septiembre de 2025, se aprobaron once instituciones académicas que se unieron a la Alianza. La secretaría de la Alianza estará a cargo de la institución académica que presida la Junta.
Si desea que su institución académica se una a la Alianza, por favor Complete el breve formulario disponible aquí. Este formulario también está disponible en Arabic, Chinese, French, Russian y Spanish. Tenga en cuenta que la membresía de la Alianza está abierta a instituciones, no a académicos individuales. Se aceptan solicitudes en cualquier momento y serán revisadas trimestralmente por la junta directiva de la Alianza.
Hay disponible un folleto informativo sobre la Alianza. aquí.
La nota conceptual provisional que guía el trabajo de la Alianza durante el período del 1 de julio de 2025 al 30 de junio de 2026 está disponible. aquí.
Contactos:
equalityforall.alliance@gmail.com
laura.cahier@un.org
claude.cahn@un.org
